El Fideicomiso de Garantía y Fuente de Pago es un fideicomiso en el que se aportan diversos tipos de ingresos o cuentas por cobrar (Derechos de cobro derivados de créditos, arrendamientos, contratos de prestación de servicios, participaciones federales, impuestos, factorajes, contratos de obra, etc.) con el objeto de garantizar y servir de vehículo de pago a contrapartes o terceras personas el cumplimiento en tiempo y forma de obligaciones de dar, hacer, o de no hacer.
Fideicomitente
Aporte recursos, ingresos futuros y / o fuente de cobro
Fiduciario
Institución autorizada
Fideicomisario
Parte a la que se le garantiza el cumplimiento puntual de obligaciones
Garantizar y servir de vehículo de pago a contrapartes o terceras personas el cumplimiento en tiempo y forma de obligaciones.
Establece los flujos de recursos económisos destinado al pago de los acreedores
Se define con claridad cómo se afrontará el cumplimiento de las obligaciones.
Este fideicomiso brinda seguridad y garantía respecto a los compromisos en dinero que tiene el deudor, generándose una fuente de pago que minimiza riesgos.
El flujo de dinero que se obtenga se destinará solamente para el fin señalado en el contrato de fideicomiso de garantía y fuente de pago.
Los bienes o derechos, así como los recueros que con el tiempo se obtengan, constituyen un patrimonio autónomo, sujeto exclusivamente a los fines previstos en el fideicomiso, por lo que se minimiza el riesgo de posibles embargos.
Si por alguna razón los bienes o derechos fideicomitidos no alcanzaran a cubrir el total de la obligación garantizada el acreedor conserva sus acciones legales para recuperar el monto no pagado.
Le permite destinar los recursos directamente al pago de las obligaciones garantizadas.
Permite estructurar o reestructurar operaciones financieras.
Planificar de una forma objetiva la tesorería propia o de su negocio.
Con este fideicomiso lo que se busca es que ese patrimonio se mantenga bajo permanente vigilancia y control, lo que, a la postre, concede suma confianza y seguridad para las personas que se constituyen como acreedores del deudor.
Para los acreedores es una gran tranquilidad saber que su deudor no será quien administre este patrimonio y, en el peor de los escenarios, termine evadiendo sus obligaciones con ellos.